El pasado 27 de junio, la Corte Suprema de Justicia de
EE.UU. emitió un dictamen en favor de Mark Janus, contrario a las pretensiones
de AFSCME, el cual debe ser celebrado por todos los trabajadores del mundo. Se enfrentó
a Goliat, representado por el sindicato estatal, y le ganó. Un importante triunfo
que afirma los derechos de los estadounidenses protegidos por la Primera
Enmienda de su Constitución.
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó en el
caso Janus versus AFSCME, que no se puede exigir a los trabajadores
gubernamentales no sindicalizados, que paguen cuotas a los sindicatos como
condición para trabajar en el Estado. Esta resolución, considerada histórica por
muchos, restaura los derechos de libertad de expresión y libertad de asociación
de la Primera Enmienda, a más de cinco millones de maestros de escuelas
públicas, personal de primera respuesta
(policías, bomberos, etcétera) y otros empleados del gobierno en todo el país.
La Primera Enmienda reza: “El Congreso no legislará respecto
al establecimiento de una religión o a la prohibición del libre ejercicio de la
misma; ni limitará la libertad de expresión o de la prensa; ni coartará el
derecho de las personas para reunirse pacíficamente y para pedir al gobierno la
reparación de agravios”.
Mark Janus, demandante en el caso, empleado por el gobierno
estatal de Illinois, declaró: "Estoy muy emocionado de que la Corte
Suprema haya restaurado no solo mis derechos asegurados por la Primera
Enmienda, sino también los derechos de millones de otros trabajadores
gubernamentales en el país. Muchos de nosotros nos hemos visto obligados a
pagar por discursos políticos y posiciones políticas con las que no estamos de
acuerdo, solo para poder mantener nuestros trabajos. Esta es una victoria para
todos nosotros. El derecho a decir ‘no’ a un sindicato es tan importante como
el derecho a decir ‘sí’”.
Jacob Huebert, abogado de Janus, comentó al respecto lo siguiente:
"Esta es la mayor victoria para los derechos de los trabajadores en una
generación. La Primera Enmienda nos garantiza a cada uno de nosotros, como
individuos, el derecho de elegir a qué grupos queremos apoyar y a cuáles no. La
Corte Suprema reconoció que nadie debe ser obligado a renunciar a ese derecho
solo para poder trabajar en el gobierno. La Corte reconoció que los sindicatos
tienen el derecho de organizarse y abogar por las políticas en las que creen,
pero no tienen un derecho especial para obligar a las personas a pagar por su
cabildeo. Tienen que jugar según las mismas reglas que todos los demás”.
La importancia de esta sentencia radica en que nos recuerda
que todo trabajador, sin importar el sector en el cuál trabaja, debe ser libre
de elegir con quién asociarse, de
rechazar formar parte de un sindicato y no ser obligado a pagar cuotas para
mantener a los líderes de estos grupos. Debe ser libre de elegir dónde
trabajar, bajo qué condiciones y ganando lo que él acuerde con quien quiera que
esté en la capacidad de ofrecerle un empleo productivo y desee hacerlo. El
trabajador debe ser libre de elegir cómo prever para su vejez, con quién crear
su fondo de retiro, bajo qué circunstancias y en cuál contexto desea hacerlo.
Al final, es SU dinero: producto de SU esfuerzo. Si es capaz de ganarlo, lo
justo es respetar su decisión de cómo gastarlo.
Artículo publicado en el diario guatemalteco “El Siglo”, el
lunes 9 de julio de 2018.
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