Principios / Marta Yolanda Díaz-Durán A.

10.30.2017

¿Cuál pena de muerte es condenada a morir?



Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad condenaron a morir a la pena de muerte con su decisión de declarar parcialmente inconstitucionales cinco artículos del Código Penal y dos artículos de la Ley Contra la Narcoactividad. Al menos, la inhabilitaron en su aplicación FORMAL, dentro de un marco de legalidad. Lo que promoverá, como es de esperar en el estado actual de ingobernabilidad en Guatemala, más linchamientos: o sea, la aplicación INFORMAL de la pena de muerte, sin debido proceso y por cualquier delito o crimen.

A los mencionados magistrados, como a muchos abogados, les preocupa la modernización de la legislación y, al parecer, poco les importa la justicia y menos las consecuencias de sus decisiones que falsean la realidad. Su principal objetivo es complacer a grupos de presión de derechos humanos y apoyar sus agendas políticamente correctas. Es lamentable que muchos abogados del país son incapaces de usar su juicio propio y prefieren practicar la epistemología del loro: repiten las consignas positivistas de moda y olvidan, o tal vez nunca conocieron, la naturaleza del derecho y menos la del gobierno.

La pena de muerte se debe aplicar en aquellos casos que el crimen cometido la justifique, después de que haya sido plenamente probada la culpabilidad del acusado: que no existe ninguna duda razonable de que es responsable de una violación irreparable a la víctima. Es lo moralmente correcto. La aplicación de la pena de muerte es un asunto que corresponde al ámbito de la moral. Quienes opinan sobre la pena de muerte fuera del contexto moral, terminan siendo cómplices de quienes la aplican en el sector informal de la justicia, sin un juicio previo y sin el debido proceso: en los linchamientos que abundan en nuestro país.

Entiendo que les preocupe que se pueda condenar a morir a un inocente, pero no que prefieran que terroristas, asesinos en serie, psicópatas… cuyos crímenes hayan sido probados, sean condenados a cadena perpetua, que no es otra cosa que obligar a los tributarios a que los mantengan de por vida. Confunden la aplicación de la pena de muerte a quién la merece con la necesidad de mejorar nuestro sistema de justicia.

La razón de ser del debido proceso es para que, en la búsqueda de justicia, no se cometa una injusticia condenando a un inocente. Por eso la carga de la prueba está en aquel que acusa, no en el acusado, lo que es iluso creer que se da dentro del contexto de los linchamientos. La pena de muerte en la informalidad nunca la podrán abolir. Lo que podemos decidir es si ésta se aplica justamente dentro del marco de un Estado de Derecho, donde se respeten los procesos objetivos que nos permitan conocer la verdad y comprobar la culpabilidad del acusado; o su aplicación dentro del irracional, emocional y subjetivo contexto de los linchamientos.

Necesitamos con urgencia reformar nuestro sistema judicial para acabar con las arbitrariedades, el abuso de poder y la corrupción, pero no para estar a la moda de la modernización, sino para construir un verdadero estado de Derecho que nos permita convivir en paz.


Artículo publicado en el diario guatemalteco “Siglo Veintiuno”, el lunes 30 de octubre de 2017.

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8.07.2017

Muerte, sin pena ni ley


¿De cuál pena de muerte piden su abolición los delegados de la CIDH? Porque, según yo sé, la legal hace años que no se aplica en Guatemala. Eso sí, la pena de muerte que es el pan diario de los guatemaltecos es la de los linchamientos, que no son otra cosa más que la aplicación informal de tal castigo, los cuales considero que es utópico pretender abolir, al menos por el momento. Más difícil será aún si, finalmente, acaban prohibiendo su  aplicación dentro del marco de la Ley.

Precisamente el día que se publicó este reclamo de los burócratas de la CIDH, en el mismo medio (Prensa Libre) venía una breve nota que informaba que alrededor de 100 vecinos lincharon a dos presuntos asaltantes en la ruta que comunica a Santa Lucía Cotzumalguapa (Escuintla) con San Pedro Yepocapa (Chimaltenango), un hecho terrible y lamentable, aunque los editores de los medios le den poca importancia. ¿Eran o no culpables los acusados? ¡Quién sabe! Nunca hubo un proceso legal en el cual se probara su culpabilidad.

Quienes opinan sobre la pena de muerte fuera del contexto moral, tal y como lo dije en mi artículo titulado “Sin duda razonable, pena de muerte” (Siglo Veintiuno, 29 de febrero de 2016), terminan siendo cómplices de quienes la aplican en el sector informal de la justicia, sin un juicio previo y sin el debido proceso. Olvidan que de buenas intenciones está empedrado el camino al infierno. Dicen que les preocupa que se pueda condenar a morir a un inocente, y prefieren que terroristas, asesinos en serie, sicarios… vivan el resto de sus vidas a expensas del tributario. Confunden la aplicación de la pena de muerte a quién la merece (hecho que debe ser probado) con el reto de mejorar nuestro sistema de justicia.

Una vez cumplamos con nuestra parte del trato, respetar los derechos de los otros y no iniciar el uso de la fuerza en contra de nadie, merecemos que se respeten nuestros derechos, incluido primordialmente nuestro derecho fundamental a la vida. Trato que sólo es posible entre seres racionales. Aquellos que desprecian la vida humana, como  es el caso de los asesinos y los terroristas, e inician el uso de la fuerza contra otros con la intención de causarles la muerte, deben estar dispuestos a pagar un castigo proporcional al crimen que pretenden cometer. Es lo justo, más allá de si es un disuasivo o no.

Es poco probable, por no decir imposible, que algún día lleguen a abolir plenamente la pena de muerte. Lo único que podemos decidir es si ésta se aplica justamente dentro del marco de un Estado de Derecho, donde se respeten los procesos objetivos que nos permitan conocer la verdad y comprobar, sin duda razonable, la culpabilidad del acusado; o su aplicación dentro del irracional, emocional y subjetivo contexto de los linchamientos, lo cual se presta, en la mayoría de los casos, a cometer injusticias y convertir a las personas que participan en éstos en homicidas. Sé que la desesperación de muchos ante la inseguridad que reina reclama justicia, pero esta no se va a alcanzar si no es dentro de un marco de normas legítimas y legalmente sancionadas.



Artículo publicado en el diario guatemalteco “Siglo Veintiuno”, el lunes 7 de agosto de 2017.

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2.29.2016

Sin duda razonable, pena de muerte



No tengo duda: la pena de muerte se debe aplicar en aquellos casos que el crimen cometido la justifique y en las acusaciones que han sido plenamente probadas y no existe ninguna duda razonable acerca de la culpabilidad del acusado. Es lo moralmente correcto. La aplicación de la pena de muerte es un asunto que corresponde al ámbito de la moral: es un error abordarlo de una manera pragmática y utilitarista.

Se equivocan en su análisis quienes pretenden justificar su oposición a que se aplique la pena de muerte en que no hay evidencias de que sea un disuasivo para aquellos que están dispuestos a asesinar a alguien: caen en la falacia de la generalización apresurada. Hay todo tipo de estudios y estadísticas que muestran que sí es un disuasivo, así como hay otros que pretenden probar la hipótesis contraria. Al final, todo depende de las variables y el contexto dentro del cual se recaban las muestras y las examinan. Yo considero que sí es un disuasivo.  Sin embargo, recalco que apoyo la aplicación de la pena de muerte cuando es lo justo.

Quienes opinan sobre la pena de muerte fuera del contexto moral, terminan siendo cómplices de quienes la aplican en el sector informal de la justicia: sin un juicio previo, sin el debido proceso. O sea, en los linchamientos que proliferan en nuestro país. Olvidan que de buenas intenciones está empedrado el camino al infierno. Dicen que les preocupa que se pueda condenar a morir a un inocente, y prefieren que terroristas, asesinos en serie, sicarios… vivan el resto de su vida a expensas del tributario. Confunden la aplicación de la pena de muerte a quién la merece (hecho que debe ser probado, respetando el debido proceso) con el reto que significa mejorar nuestro sistema de justicia.

Pero aún, con todo y las dificultades que este último enfrenta, hay casos en los cuales no hay duda de que el acusado es responsable del crimen del cual se le acusa. Por ejemplo, hay confesiones de sicarios que, sin ninguna pena, reconocen que se dedican a asesinar gente por encargo. ¿Consideran que a estas personas se les debe condenar a vivir el resto de sus vidas a expensas de los tributarios? ¿Qué no corren el riesgo muchos inocentes que, si estos criminales logran escapar, serían sus próximas víctimas?

Todos merecemos que se respeten nuestros derechos, comenzando por el derecho a la vida, una vez nosotros cumplamos con nuestra parte del trato: respetar los derechos de los otros y no iniciar el uso de la fuerza en contra de nadie. Trato que sólo es posible entre seres racionales. Aquellos que desprecian la vida humana, como  es el caso de los asesinos en serie o los terroristas, e inician el uso de la fuerza contra otros con la intención de causarles la muerte, deben estar dispuestos a pagar un castigo proporcional al crimen que pretenden cometer. Es lo justo. Y, lamentablemente en muchos aspectos, hasta la misma muerte del criminal puede ser un costo demasiado pequeño para compensar el daño que les hizo a otros seres humanos.


Artículo publicado en el diario guatemalteco “Siglo Veintiuno”, el lunes 29 de febrero de 2016.

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3.18.2009

La comunidad de los tuertos


Dos meses seguidos, febrero y marzo, de viernes trece. Y, precisamente por todos los mitos, las supersticiones y los sinsentidos que rodean estas fechas, me gusta concebirlas como días de buena suerte, si es que eso existe. En lo particular, prefiero el término azar, un concepto diferenciado de los mitos, las supersticiones y los sinsentidos ya mencionados; que son, estos últimos, alimentados a partir de infinidad de espacios de influencia de la acción humana, los cuáles pueden ir desde la misma familia hasta la Iglesia a la cual elijan pertenecer, si acaso se dieron la oportunidad de cuestionar la elección que sus padres hayan hecho por ustedes en el asunto de las creencias religiosas.

Total, estas ficciones son simples irracionalidades que pretenden explicar fenómenos para los cuales aún no hemos encontrado respuestas con referentes en la realidad. Todavía no nos hemos topado con los hechos, respaldados por evidencias, que nos permitan entenderlos. Y esa falta de información es uno de los principales medios de manipulación de las masas acomodadas que generalmente no cuestionan los prejuicios y paradigmas que les fueron inculcados desde muy temprana edad. Es mucho más fácil, aparentemente, contentarse con las explicaciones complacientes que culpan a individuos o a abstracciones humanizadas, lo que me parece aún más absurdo… si eso es posible.

En fin, en el tema de los viernes trece así como en otros, prefiero ir en “Contravía”, no ser parte del rebaño que no hace el esfuerzo mental (prefiere no pensar) por aclararse las ideas y encontrar o acercarse a las verdades que nos permitan vivir mejor. No sólo sobrevivir, sino hacer realidad la mejor vida posible para todos, bajo el entendido que esa “mejor vida” dependerá de nuestros fines individuales y nuestro esfuerzo personal, y no de la voluntad arbitraria de los demás ni del trabajo, riesgo y creatividad de otros. Y una vez encontradas, sin recato, comunicarlas “Todo a Pulmón”.

Mi artículo de la semana pasada me permitió intercambiar opiniones con algunos de mis lectores, a quienes agradezco tomen parte de su tiempo para escribirme a mi correo electrónico, comentarlos en Facebook o en mi blog: www.martayolanda.com

Una de las notas que llamó mi atención fue la de RO en FB. En ésta, RO (alguien que desea aclararse las ideas) pensaba en la llamada “Ley del Talión” al reflexionar sobre la condena a la pena de muerte para criminales como los que asesinaron al Profesor Winter. RO temía que sí se cumplía tal pena, todos íbamos a terminar tuertos. Mi réplica para RO fue la siguiente: ¿Si no planificas asesinar a alguien, por qué te vas a quedar tuerto? En un sistema de incentivos correctos, si alguien viola los derechos de otros, dependiendo de la violación, pagará las consecuencias de sus actos. Por el contrario, si es responsable, productivo y respetuoso, será recompensado. Al final, uno cosecha lo que siembra… y lo demás es pura superstición.


Artículo publicado en el diario guatemalteco “Siglo Veintiuno”, el lunes 16 de marzo de 2009. La fotografía la tomé el miércoles 11 de marzo de 2009, en la Gran Sala del Teatro Nacional "Efraín Recinos", para la presentación del "Teatro Negro de Praga" en Guatemala. En esta oportunidad se presentaron con la obra "Los sueños de Fausto".

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