Principios / Marta Yolanda Díaz-Durán A.

1.04.2009

Limitados sin prevención


Nota: este artículo fue publicado en el diario guatemalteco “Siglo Veintiuno”, el lunes 12 de mayo de 2008.



Yo propongo respetar los derechos individuales de todos. Álvaro Colom dispone decretar un Estado de prevención que suspende varios de nuestros derechos reconocidos por la Constitución. Aprovecho para recordarles que los derechos individuales no son concedidos por la divina gracia del Estado y su asumido Rey. Simplemente son reconocidos por las leyes que imperan en ese Estado.

Hace apenas una semana me había propuesto dedicar varios artículos a discernir sobre la razón, la autoridad y otros conceptos vitales para aclararnos las ideas. Ideas que nos permitan tomar el rumbo correcto que, espero, nos lleve a vivir en una sociedad de cooperación e intercambio pacífico entre personas respetuosas las unas de las otras.

Sin embargo, hoy me veo obligada a cambiar mis planes por la decisión del Presidente de los pobres, Álvaro Colom, de “cesar la plena vigencia” de los derechos individuales garantizados por la Constitución. Medida que, paradójicamente, fue vitoreada por muchos inocentes afectados innecesariamente. Increíble, pero cierto. Ojalá que esto no signifique que cada vez somos más pobres en todo sentido.

En fin, sé que esa algarabía de algunos se debe al cansancio y la desesperación que siente la mayoría ante el aumento del crimen y la disminución de los ingresos reales de muchos. Sin embargo, si se detienen a analizar serenamente la decisión de Colom, se darán cuenta que, de nuevo, los gobernantes nos quieren ver la cara de babosos y aprovecharse de nuestra necesidad urgente de paz y tranquilidad. O sea, de justicia y seguridad, las funciones primigenias de un gobierno en el marco de un Estado de Derecho. Las cenicientas del cuento político en la realidad del Estado socialdemócrata supuestamente benefactor.

Para apresar a los huelguistas que habían recurrido a medidas de hecho (su sólo nombre aclara que es un acto al margen del Derecho) el gobernante no tenía más que enviar a las fuerzas de seguridad a capturarlos, amparado en La Constitución, la Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil y el Código Procesal Penal. No tenía que poner en riesgo a la gente responsable, productiva y honrada de Guatemala. No obstante, eso hizo al negarnos, entre otras cosas, portar armas para nuestra defensa propia. ¿Acaso fuimos nosotros quienes obstruimos el paso de los camiones cisterna? ¿Por qué debemos pagar nosotros los platos rotos por otros?

La vigencia de nuestros derechos no depende de la voluntad del gobernante. Nuestros derechos individuales son anteriores a la existencia del mismo Estado y su administración. La razón de ser de un gobierno es velar porque esos derechos sean respetados, y cuando estos son violados, asegurarse de que el violador pague la pena impuesta por el crimen cometido, y retribuya a la víctima. Es ilegitimo, aunque sea legal, utilizar el poder que hemos delegado temporalmente en ellos, para violentarnos y poner en riesgo nuestras vidas y pertenencias.

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