Principios / Marta Yolanda Díaz-Durán A.

12.07.2015

Los criminales deben pagar



Los criminales deben pagar las consecuencias de sus acciones. Deben pagar los crímenes que cometieron: es lo justo, es lo correcto. Es el sistema por medio del cual, desde siempre, el ser humano ha aprendido la diferencia entre el bien y el mal. Se castiga a aquel que viola los derechos individuales de otros (vida, libertad y propiedad) y se premia a quién es respetuoso, responsable y racional a la hora de emitir los juicios a partir de los cuales va a actuar. O sea, a quien hace el esfuerzo mental y físico por vivir y convivir con los demás en paz.
                                                               
Sin embargo, lamentablemente, el sistema de incentivos perversos que prevalece en el sistema político es el que también impera en nuestro sistema penitenciario. Un sistema que promueve la solidaridad hacia el reo que, supuestamente, es una víctima (de otros, generalmente sus padres, o de abstracciones, como la sociedad, a las que se les culpa de las malas acciones que el criminal DECIDIÓ cometer), olvidando que ese individuo en particular violentó los derechos de otro ajeno a esa supuesta violación de la que él fue víctima. Un sistema que termina violando, nuevamente, los derechos de aquel que sufrió la agresión del criminal en cuestión.

A la hora de juzgar el daño que una persona comete a otra, es irrelevante lo que a esa persona le haya sucedido con anterioridad. En tal caso, habría que juzgar a quien efectivamente le dañó y que ese individuo en específico lo compense una vez se cumpla con el debido proceso y haya sido vencido en un juicio imparcial. Pero eso no justifica bajo ningún punto de vista objetivo el que se le absuelva de pagar sus delitos o crímenes y de su responsabilidad de compensar a sus víctimas para que haya justicia. Este sistema  de incentivos perversos en el ámbito penitenciario, es promovido por gente en la mayoría de los casos bienintencionada, pero que falsea la realidad y olvida que de buenas intenciones está empedrado el camino al infierno. Gente que termina siendo cómplice de las fechorías que sus patrocinados cometan desde las cárceles.

Por cierto, los presos DEBEN de trabajar para pagar sus gastos y cumplir con sus compromisos, tal y como lo estipula el Código Penal de nuestro país (Decreto número 17-73), en el libro primero, título VI, Capítulo I, en el artículo 47: “Producto del trabajo. El trabajo de los reclusos es obligatorio y debe ser remunerado. El producto de la remuneración será inembargable y se aplicará: 1º. A reparar e indemnizar los daños causados por el delito. 2º. A las prestaciones alimenticias a que esté obligado. 3º. A contribuir a los gastos extraordinarios y necesarios para mantener o incrementar los medios productivos que, como fuente de trabajo, beneficien al recluso. 4º. A formar un fondo propio que se le entregará al ser liberado”. De lo contrario, como ha sido hasta hoy, los condenados somos de nuevo los tributarios: condenados a soportar a los antisociales que violaron o pueden llegar a violar nuestros derechos. Absurdo.



Artículo publicado en el diario guatemalteco “Siglo Veintiuno”, el lunes 7 de diciembre de 2015.

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2 Comments:

  • Totalmente de acuerdo con Ud. Marta Yolanda,lo que pasa es que a nuestras autoridades se le termino' el cacumen.

    By Blogger mardel, at 12:21 p.m.  

  • Estoy de acuerdo con Ud. al 100 % Marta Yolanda,lo que pasa es que a nuestras autoridades se le termino' el cacumen o mas bien nunca han tenido.

    By Blogger mardel, at 12:23 p.m.  

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