Viviremos dentro de un Estado de Derecho cuando no
necesitemos intérpretes de la ley. Cuando, efectivamente, lo que predomine y
rija en las relaciones entre los individuos de una sociedad, sean normas
generales, universales, impersonales, objetivas y pocas para que sean
entendidas y acatadas por todos. Cuando esas normas se enfoquen en que
prevalezca el respeto a la vida, la libertad y la propiedad de los miembros de
la sociedad, sin distinción de ningún tipo, sin privilegios para nadie.
Cuando recuperemos el ideal aristotélico de que “todo Estado
es, evidentemente, una asociación y toda asociación no se forma sino en vista
de algún bien, puesto que los hombres, cualesquiera que ellos sean, nunca hacen
nada sino en vista de lo que les parece ser bueno”. Cuando se acepte que para
buscar nuestra felicidad y florecer, necesitamos cooperar en paz, ser
productivos y no pretender vivir a costa de los demás.
El propósito de la ley, el propósito apropiado, es
establecer los principios generales de conducta, que gobiernen las relaciones
humanas en una sociedad. Que establezcan los principios de conducta que promuevan
el respeto a los derechos individuales y eviten que unos quebranten los
derechos de otros. Para alcanzar estos fines, las leyes deben ser objetivas.
Una ley objetiva, es una ley que define, basada en los hechos y en la
naturaleza de las cosas -en particular la naturaleza humana-, lo que constituye
un delito o lo que está prohibido, y el tipo de pena en que una persona
incurriría si realiza la acción prohibida.
Las leyes objetivas definen principios generales, que los
jueces aplican en casos concretos. Lo cual es, indiscutiblemente, una tarea
difícil. Como explica Ayn Rand, la aplicación objetiva de principios legales en
áreas particulares puede ser bastante desafiante. Por ejemplo, en los ensayos
titulados “La naturaleza del gobierno” y “Las vastas arenas movedizas”, Rand
discute la cuestión de la locura temporal como defensa en el derecho penal (un
“tema muy delicado”), los argumentos contrastantes a favor de la pena capital
(una “pregunta muy difícil”), y si la ignorancia de la ley puede calificar como
una defensa. También discute los principios que deben guiar a los legisladores
para determinar la jerarquía de los castigos criminales, la responsabilidad
legal de los niños y personas insanas, y las reglas de evidencia que guían a
los tribunales.
Rand también aborda en los ensayos mencionados, los peligros
de la ley no objetiva, que significa "una ley sin definición específica,
que puede tener tantas interpretaciones diferentes como hombres que las
interpreten". Bajo una ley no objetiva, los ciudadanos estamos a merced de
la arbitrariedad de los intérpretes,
o sea, los jueces y los magistrados. La ley no objetiva, como afirma la
filósofa citada, es un requisito previo para la tiranía. “No importa cuán
severa sea la forma de gobierno que puedas tener… si sus leyes, sus edictos son
objetivos, un gobierno así no es una tiranía". ¿Queremos ser libres y
progresar? Debemos, entonces, acabar con la dependencia de intérpretes de
leyes, reformando de raíz nuestro sistema normativo.
Artículo publicado en el diario guatemalteco “El Siglo”, el
lunes 18 de febrero de 2019.
Etiquetas: Aristóteles, Ayn Rand, Derecho, Estado, Estado de Derecho, gobierno, juez, Lao Tse, ley, magistrados, no objetiva, objetiva
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