El secreto mejor guardado, al menos por estos días, es el
motivo por el cual los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC)
otorgaron la suspensión provisional al acceso de información bancaria con fines
tributarios, al resolver a favor de la empresa Escalas Mercantiles Innovadoras,
S. A., la cual interpuso una acción de inconstitucionalidad con el fin de
eliminar el Artículo 52 del decreto 37-2012, aprobado en agosto de 2016 y que
entró en vigencia en febrero de 2017, referente a la Ley para el “Fortalecimiento
Fiscal y la Gobernanza de la Superintendencia de Administración Tributaria”, la
cual adicionó el artículo 30 C al Decreto Número 6-91 del Código Tributario.
Considero que el escenario más probable por el cual ¡al fin!
tomaron una decisión apegada a la Constitución y al respeto a nuestros derechos
individuales, es por temor a que los inquisidores
de la recientemente legalizada oficinita
de la SAT, formalmente conocida como la “Gerencia de Investigación Tributaria”,
que ya no es controlada por su amigo Juan Francisco Solórzano Foppa, decidan averiguar con cuántos fondos cuentan los mencionados magistrados y cómo manejan
sus cuentas. Pero, en fin, esta es sólo una suposición mía.
Con esta decisión, restituyeron, por el momento, el derecho
al debido proceso en lo que respecta a los casos que involucran a la SAT y a un
tributario al cual los primeros intentan exprimir aún más de lo que ya lo
hicieron. Si quieren conocer las operaciones de nuestras cuentas bancarias, tendrán
que defender su caso frente al Ministerio Público (MP) y frente a un juez
competente, que no esté al servicio de los gobernantes, para que éstos decidan
si hay o no una causal que justifique el reclamo de los funcionarios de
verificar información privada de un cuentahabiente. Si existe evidencia
objetiva y justa, tanto el MP como el juez deberán girar instrucciones para que
los representantes del banco entreguen la información solicitada. Así ha
funcionado y así deberá seguir funcionando.
El secreto bancario no existe en Guatemala. Lo que hay en
nuestro país, y lo cual debemos defender, es el debido proceso que mencioné en
el párrafo anterior. La razón de ser de todo debido proceso es proteger a los
ciudadanos responsables, respetuosos y productivos de la violación de sus
derechos individuales por parte de los gobernantes, limitando el ejercicio
discrecional y arbitrario del poder que éstos y los burócratas bajo sus órdenes
gozan.
Como era de esperar, tanto funcionarios de la SAT como del
Ministerio de Finanzas se lamentaron de la resolución de la CC. Yo celebro la
decisión de la Corte, ya que era evidente la inconstitucionalidad desde que fue
aprobado por el Congreso. La reacción de los gobernantes y sus empleados era
previsible pues lo que a ellos primordialmente les interesa es expoliar a los
tributarios, sin importarles el bienestar de los demás y el respeto que nos
deben. No se deje asustar por el petate del muerto de la “Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos” (OCDE) y las amenazas de los burócratas
nacionales, internacionales y supranacionales. Piense en su propio desarrollo y
el de sus seres queridos.
Artículo publicado en el diario guatemalteco “El Siglo”, el
lunes 6 de agosto de 2018.
Etiquetas: Corte de Constitucionalidad, debido proceso, ley, Montesquieu, secreto bancario, tiranía
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